EL PAÍS puso en marcha en 2018 una investigación de la pederastia en la Iglesia española y tiene una base de datos actualizada con todos los casos conocidos. Emergen de sentencias judiciales y canónicas, publicaciones periodísticas, documentos y denuncias de las víctimas. En este momento, aunque este diario actualiza periódicamente la información, es una lista que incluye siete cardenales, 61 obispos y 26 superiores de órdenes religiosas.
Las acusaciones apuntan a que estos prelados impidieron que los pederastas fuesen juzgados civil o canónicamente y que estos hechos se conocieran públicamente. Los obispos siguieron diversas maniobras: mantener al supuesto abusador en su destino sin investigar los hechos, trasladarlo de parroquia ante las primeras quejas e incluso enviarlo a otro país. Según los cálculos de este diario, en uno de cada diez casos conocidos hasta ahora se ha producido algún tipo de encubrimiento.
Casos documentados en la Iglesia española
En la lista expuesta a continuación se incluyen solo aquellos en los que ha sido posible determinar la identidad del presunto responsable. Hay muchos otros donde ha quedado sin aclarar. A continuación, se puede consultar la lista de los acusados por víctimas con una breve descripción de los supuestos hechos encubiertos. La mayoría de estas acusaciones ya han visto la luz en otros reportajes de este diario y están incluidos en la base de datos de EL PAÍS.
Aquellos que junto al nombre tienen una comilla angular (como la punta de una flecha), son los que aparecen en anteriores publicaciones de este diario, y se puede acceder al artículo correspondiente haciendo click sobre el nombre.
Obispos, arzobispos y cardenales señalados
Bernardo Álvarez Obispo de la diócesis de San Cristóbal de la Laguna (Tenerife) hasta 2024. Fallecido en 2025. Acusado de encubrir al sacerdote C. H. G., párroco de Tejina, después de que una supuesta víctima denunciase en 2004 que abusó de ella en los años noventa. Por entonces, era vicario general de la diócesis. Un año después, ya como prelado titular, la víctima le acusa de no abrir una investigación contra el sacerdote. Del mismo modo, antes de morir, confesó a una víctima que sus antecesores protegieron al pederasta, según una grabación publicada por EL PAÍS.
Rafael Álvarez Lara Obispo de Guadix (1942-1965) y obispo de Mallorca (1965-1973). Acusado de encubrir a M. B. M., rector del seminario de Guadix entre 1952 y 1956 y canónico de la catedral de la diócesis de Guadix, por abusar de varios menores seminaristas. Un antiguo profesor jesuita del seminario afirma que el obispo lo supo y lo cesó de su cargo, razón por la que su orden tomó el relevo en la dirección del seminario en 1956 y él entró a dar clase en el centro.
Juan José Asenjo Obispo auxiliar de Toledo (1997-2003), obispo de Córdoba (2003-2008), exsecretario general de la Conferencia Episcopal Española y arzobispo de Sevilla (2009-2021). Mantuvo en el cargo y apoyó a un sacerdote investigado por abusos en la diócesis de Córdoba a comienzos de los años 2000.
Rafael Bellido Caro Obispo auxiliar de Sevilla (1973-1980) y obispo de Asidonia-Jerez (1980-2000). Acusado de encubrir al sacerdote M. D. O. cuando era obispo de Jerez después de que este abusara de una docena de niños en la parroquia de Ubrique, desde finales de los años ochenta hasta 1991. Uno de los denunciantes cuenta que varios de los afectados se lo contaron a sus padres y que “inmediatamente” el sacerdote desapareció del pueblo. Con el tiempo, se enteraron de que fue recolocado y acudieron al obispado para contarle todo al obispo. Este, según su relato, hizo caso omiso y no hizo nada.
Emilio Benavent Escuín Obispo auxiliar de Málaga (1954-1960), obispo coadjutor de la misma diócesis (1960-1967) y obispo titular (1967-1968). Arzobispo coadjutor de Granada (1968-1974) y arzobispo titular de la misma diócesis (1974-1977). En 1978 fue nombrado vicario general castrense, máxima autoridad eclesiástica en las Fuerzas Armadas, hasta 1982. Como obispo de Málaga, está acusado por una víctima de trasladar de parroquia a su abusador, el sacerdote a D.E.W.P., después de que el afectado lo denunciara ante la Iglesia.
Ciriaco Benavente Obispo de Coria-Cáceres (1992-2006) y obispo de Albacete (2006-2018). Cuando fue obispo de la diócesis cacereña protegió y apoyó a un sacerdote condenado por intercambiar pornografía infantil. Tampoco le abrió un proceso canónico como marca la ley canónica. El cura no cumplió condena en la cárcel y Benavente permitió que siguiera en contacto con menores.
Antonio Briva Obispo de Astorga (1967-1994) y antiguo miembro de la Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal. Encubrió y trasladó en dos ocasiones al cura José Manuel Ramos Gordón por varios casos de abusos a menores en los años ochenta. También está acusado de encubrir a un agresor sexual en el seminario, tras conocer su denuncia. Su sucesor, Camilo Lorenzo, luego no permitió al acusado, A. O., que se ordenara sacerdote, pero en 1999 fue enviado de profesor de religión a Barco de Valdeorras, Ourense, una zona adscrita a la diócesis de Astorga, y allí acabó siendo condenado en 2014 por agredir sexualmente a ocho menores.
Ramón Buxarrais Ventura Obispo de Zamora (1971-1973) y luego obispo de Málaga de 1973 a 1991, donde ha sido acusado en cuatro casos. Uno de ellos es el del sacerdote F. B. V. en los años setenta, que dirigía la Congregación Mariana de la Inmaculada y San Francisco de Borja en la iglesia de las Angustias y fue acusado por familiares de menores. También está bajo sospecha en el caso del sacerdote R. M. M., denunciado por abusos y al que, según el propio cura, ofreció irse a América. Es lo que hizo con otro sacerdote, A. M. R., denunciado en 1987 y que incluso tenía hijos, al que envió a Venezuela.
Jaume Camprodon Rovira Obispo de Girona (1973-2001). Acusado de encubrir al párroco de Vilobí d’Onyar, señalado de abusar a menores durante 33 años.
Ricard Maria Carles i Gordó Cardenal emérito de Barcelona, arzobispo de Barcelona (1990-2004), obispo de Tortosa (1969-1990) y ex vicepresidente de la Conferencia Episcopal Española. Encubrió el caso del sacerdote Jordi Senabre, imputado por abusar de un niño de 12 años en 1988 en Polinyà (Barcelona). Antes de que se celebrase el juicio, Carles firmó en 1990 el traslado a Ecuador de Senabre como misionero, según descubrió EL PAÍS en 2018, y así pudo huir al extranjero. Allí se ha ocultado hasta la actualidad.
Francisco Cerro Chaves Obispo de Cáceres (2007-2019) y arzobispo de Toledo (2019-actualidad). Cuando era obispo de Cáceres, no apartó a un sacerdote condenado por intercambiar pornografía infantil y permitió que siguiera en contacto con menores. Tampoco le abrió un proceso canónico como dicta la norma eclesiástica. En Toledo, también está acusado en el caso del sacerdote Pedro Rodríguez Ramos, que en el juicio admitió que el entonces arzobispo Braulio Rodríguez, supo de las acusaciones de agresiones en 2009, lo que confirmó que no hizo nada durante su mandato. Ya tampoco lo hizo Francisco Cerro tras sucederles en 2019. Pasaron 12 años, hasta 2021, para que se tomaran medidas cautelares, incluso cuando ya había una acusación de la Fiscalía. El arzobispado solo informó al Vaticano cuando EL PAÍS sacó a la luz el caso, en abril de 2021.
Sebastián Chico Obispo auxiliar de Cartagena (2019-2021) y obispo de Jaén (2021-actualidad). Acusado por una víctima de no hacer nada cuando en 2017 le denunció personalmente que el sacerdote y profesor de religión P. S. P. abusó de él siete años antes en el Seminario Menor San José en Santomera. En la época en la que se denunciaron los abusos, Chico era el rector del centro. En 2019, Chico fue nombrado obispo auxiliar de Cartagena.
Francisco Cases Andreu Obispo auxiliar de Orihuela-Alicante (1994-1996), obispo de Albacete (1996-2005) y obispo de Canarias (2005-2020). Acusado por una víctima de trasladar a un sacerdote del Seminario de Albacete, cuando era obispo de esta diócesis, por pederastia y permitir que siguiera abusando de otros menores.
Josep Maria Cases Deordal Obispo de Segorbe-Castellón (1971-1996). Está en proceso para ser beatificado por la Iglesia. Encubrió y trasladó en 1984 a un cura que abusó de un menor en Artana (Castellón).
José Diéguez Reboredo Obispo de Osma-Soria (1984-1987), de Ourense (1987-1996) y de Tui-Vigo (1996-2010). Cuando era obispo de Tui-Vigo protegió y defendió al sacerdote de Baredo (Pontevedra) tras abusar de seis menores en el 2000. "Hay que creerlo. No hay que juzgarlo", dijo entonces en una entrevista a EL PAÍS.
Antonio Dorado Soto Obispo de Guadix-Baza (1970-1973), de Cádiz-Ceuta (1973-1993) y de Málaga (1993-2008). Es en Málaga donde es sospechoso de encubrir el caso del sacerdote Federico Cortés Jiménez, acusado de abusos a finales de los noventa y 2000 en la parroquia de San Pedro de Alcántara.
Vicente Enrique y Tarancón Obispo de Solsona (1945-1964), arzobispo de Oviedo (1964-1969), arzobispo de Toledo (1969-1971), arzobispo de Madrid desde 1971 a 1983, cardenal desde 1969 y presidente de la Conferencia Episcopal Española de 1971 a 1981. Encubrió al jesuita y famoso escritor José Luis Martín Vigil cuando era arzobispo de Oviedo. Está bajo sospecha su gestión del caso de Cesáreo Gabaráin, un sacerdote compositor de célebre música litúrgica, como 'Pescador de hombres' y 'Juntos como hermanos'.
Esteban Escudero Torres Obispo auxiliar de Valencia (2000-2010 y 2015-2021) y obispo de Palencia (2010-2015). Acusado por una víctima de hacer caso omiso, cuando era obispo de la diócesis palentina, a una carta que le escribió donde denunciaba que el sacerdote L. C. R. había abusado de él entre 1963 y 1965.
Felipe Fernández García Obispo de Ávila (1976-1991) y obispo de Tenerife (1991-2005). Acusado de encubrir al sacerdote C. Acusado de encubrir al religioso J. L., de la orden de los hermanos de La Salle, por abusar de un menor en el colegio de dicha congregación en Córdoba entre 1965 y 1966.
Demetrio Fernández Obispo de Tarazona (2004-2010) y obispo de Córdoba (2010-2025). Acusado de proteger al sacerdote José Domingo Rey Godoy, condenado por abusar de seis niñas en 2003, en un puesto en la diócesis cuando era prelado en Córdoba. Al igual que sus antecesores, no abrió un proceso canónico.
Santiago García Aracil Obispo auxiliar de Valencia (1984-1988), obispo de Jaén (1988-2004) y arzobispo de Mérida Badajoz (2004-2015). Apoyó, protegió y no condenó al sacerdote Luis José Beltrán Calvo, condenado a ocho años de cárcel en 2004 por abusos a un menor, cuando era obispo de Jaén.
José María García Lahiguera Obispo auxiliar de Madrid-Alcalá (1950-1964), obispo de Huelva (1964-1969) y arzobispo de Valencia (1969-1978). En proceso de beatificación. Está acusado, cuando era arzobispo en Valencia, de encubrir a un sacerdote que violó y asesinó a un niño en 1971 y lo trasladó a Lleida, donde ejerció como vicario.
Xosé Gómez Obispo de Lugo (1980-2007). Acusado de encubrir y no investigar una denuncia de abusos contra varios sacerdotes y profesores en el seminario de Lugo que tuvieron lugar entre 1966-1968.
Rafael González Moralejo Obispo auxiliar de Valencia (1958-1969) y obispo de Huelva (1969-1993). Está acusado de encubrir un caso de abusos cometido por un sacerdote y profesor del Seminario de Huelva en los años setenta. El supuesto pederasta, de nombre J., abusó de dos menores seminaristas.
José Guerra Campos Obispo de Cuenca (1973-1996) y exsecretario general de la Conferencia Episcopal Española (1966-1972). Encubrió y trasladó al párroco de Mota del Cuervo (Cuenca) tras un caso de abusos.
Fidel Herráez Obispo auxiliar de Madrid (1996-2015) y arzobispo de Burgos (2015-2020). Acusado de encubrir y trasladar cuando era obispo auxiliar de Madrid al sacerdote M. L. Q., que abusó de un menor en 1975 y fue denunciado ante el obispado por la víctima en 2006.
Ramón del Hoyo López Obispo de Cuenca (1996-2005) y obispo de Jaén (2005-2016). Cuando era obispo de Jaén, apoyó y protegió al sacerdote Luis José Beltrán Calvo, condenado a ocho años de cárcel en 2004 por abusos a un menor, recolocándolo y permitiendo que ofreciera misa cuando salió de la cárcel en 2010.
Narcís Jubany Arnau Obispo auxiliar de Barcelona (1955-1964), obispo de Girona (1964-1971), cardenal de Barcelona (1971-1990) y antiguo miembro del consejo de cardenales de Juan Pablo II. Según denunció en un libro el escritor Pepe Rodríguez, participó en los años ochenta y noventa en el encubrimiento del escándalo de la Casa de Santiago y Nous Camins en Barcelona, una organización convertida en secta donde se denunciaron abusos sexuales. En 2023, el arzobispado de Barcelona admitió que en 1975, bajo su mandato, conoció el caso del cura Josep Vendrell Cortasa, acusado de abusar de al menos 20 menores en Caldes d'Estrac, provincia de Barcelona durante los años sesenta y setenta. Pese a ello, el sacerdote fue encubierto por sus superiores y siguió activo 30 años más, hasta su muerte, en 2004.
Leonardo Lemos Obispo de Ourense (2011-actualidad). Acusado de proteger y encubrir al sacerdote F. M. M. L., que abusó de una menor en los años noventa en su casa particular y en el seminario Mayor Divino Maestro de Ourense.
Carlos López Obispo de Plasencia (1994-2003) y obispo de Salamanca (2003-2021). Ha encubierto al sacerdote Isidro López, condenado en 2014 por tres casos de abusos. Como sus predecesores, ignoró las denuncias contra él, según consta en la sentencia canónica de 2014 a la que tuvo acceso EL PAÍS, y, tras la denuncia de una víctima en 2011, no apartó al abusador, pese a que había confesado, y siguió oficiando en una parroquia y en contacto con menores. Además, encubrió al cura Francisco Carreras, un sacerdote expulsado de la diócesis de Miami en 1981 por varias denuncias de pederastia y que recaló en Salamanca, pese a las advertencias de las autoridades eclesiásticas de Estados Unidos. Llegó a oficiar como párroco en 12 localidades hasta 2004, donde cometió numerosos abusos.

El Código de Derecho Canónico y los delitos en el ejercicio de las funciones
Código de Derecho Canónico TÍTULO III DE LA USURPACIÓN DE FUNCIONES ECLESIÁSTICAS Y DE LOS DELITOS EN EL EJERCICIO DE LAS MISMAS (Cann. 1378 - 1389). 1378 § 1. El sacerdote que obra contra lo prescrito en el c. 977, incurre en excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica. § 2. Incurre en pena latae sententiae de entredicho o, si se trata de un clérigo, de suspensión: 1 quien, sin haber sido promovido al orden sacerdotal, atenta realizar la acción litúrgica del Sacrificio eucarístico; 2 quien, fuera del caso de que se trata en el § 1, no pudiendo administrar válidamente la absolución sacramental, trata de darla, u oye una confesión sacramental. § 3. En los casos indicados en el § 2, pueden añadirse otras penas, según la gravedad del delito, sin excluir la excomunión.
1379 Quien, fuera de los casos de los que se trata en el c. 1378, simula la administración de un sacramento, debe ser castigado con una pena justa. 1380 Quien celebra o recibe un sacramento con simonía, debe ser castigado con entredicho o suspensión. 1381 § 1. Quienquiera que usurpe un oficio eclesiástico debe ser castigado con una pena justa. § 2. Se equipara a la usurpación la retención ilegítima después de haber sido privado del cargo o haber cesado en el mismo. 1382 El Obispo que confiere a alguien la consagración episcopal sin mandato pontificio, así como el que recibe de él la consagración, incurre en excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica.
1383 El Obispo que, contra lo prescrito en el c. 1015, ordena a un súbdito ajeno sin las legítimas dimisorias, incurre en la prohibición de ordenar durante un año. Y quien recibió la ordenación queda ipso facto suspendido en el orden que recibió. 1384 Quien, fuera de los casos de los que se trata en los cc. 1378-1383, ejerce ilegítimamente una función sacerdotal u otro ministerio sagrado, puede ser castigado con una pena justa. 1385 Quien obtiene ilegítimamente un lucro con el ofrenda de la Misa, debe ser castigado con una censura o con otra pena justa.
1386 El que da o promete cosas, para que quien ejerce una función en la Iglesia haga u omita algo ilegítimamente debe ser castigado con una pena justa, así como quien acepta esos regalos o promesas. 1387 El sacerdote que, durante la confesión, o con ocasión o pretexto de la misma, solicita al penitente a un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo, debe ser castigado, según la gravedad del delito, con suspensión, prohibiciones o privaciones; y, en los casos más graves, debe ser expulsado del estado clerical.
1388 § 1. El confesor que viola directamente el sigilo sacramental, incurre en excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica; quien lo viola sólo indirectamente, ha de ser castigado en proporción con la gravedad del delito.
Reforma canónica y respuesta institucional
La Iglesia católica cuenta con una nueva definición de abuso sexual que quiere que sirva para combatir los abusos sexuales cometidos en su seno. El Vaticano anunció este martes que el papa Francisco había realizado cambios en el Código de Derecho Canónico, el marco legal para los 1.300 millones de católicos del mundo, después de años de consultas.
La Constitución Apostólica Pascite gregem dei (Apacentad la grey de Dios), que autoriza los cambios, es el primer texto penal católico que amplía la definición de abuso sexual, al reconocer explícitamente que los adultos, y no solo los niños, pueden ser víctimas de sacerdotes y laicos en posiciones de poder. La renovación del código penal de la Iglesia, que fue actualizado por última vez hace casi 40 años y que debe entrar en vigor el venidero 8 de diciembre, tiene lugar tras numerosos escándalos financieros y de abusos sexuales que han estremecido la Santa Sede en las últimas décadas.
Las víctimas y críticos de la Iglesia se han quejado de que las regulaciones por las que se dirimían esos asuntos eran obsoletas y estaban diseñadas para proteger a los perpetradores. En una carta que acompaña a las revisiones, el Papa escribió que las nuevas leyes están destinadas a ser más "claras y simples" y a tono con los tiempos actuales. "Es necesario que estas normas estén estrechamente relacionadas con los cambios sociales y las nuevas necesidades del Pueblo de Dios", dijo Francisco.
Según medios especializados en religión consideraron la reforma como "la reescritura más significativa del derecho canónico desde la era del papa Juan Pablo II". Los nuevos cambios apuntan a que la dinámica de poder dentro de la Iglesia puede ser un factor clave en el abuso sexual. La ley canónica anteriormente consideraba que las relaciones sexuales entre clérigos y adultos, bajo consentimiento mutuo, eran "pecado", pero no un delito (aunque la violación y la agresión sí se consideraban como tal).
Ahora, el nuevo código penal establece que también deben ser condenados los curas "que por la fuerza, amenazas o abuso de su autoridad" tengan relaciones con adultos "u obliguen a alguien a realizar o someterse a actos sexuales". El texto ofrece también a las autoridades eclesiales, ya sea en el Vaticano o en una parroquia lejana, una nueva plantilla para evaluar y abordar posibles abusos y las sanciones penales de la Iglesia. Con esto, la Iglesia limita en gran parte la discreción otorgada a los obispos y otros líderes para investigar los abusos, lo que, según los críticos, permitía a los curas pedófilos eludir la responsabilidad y encubrir sus actos.
La nueva ley señala que la falta de investigación y sanción de los sacerdotes infractores podría tener consecuencias. "La negligencia del pastor en el empleo del sistema penal muestra que no está cumpliendo recta y fielmente con su función", indicó el Papa. Según medios italianos, la nueva reforma busca acelerar también el proceso de denuncia e investigación de los abusos, que las víctimas y sus defensores han criticado por años por ser largo y engorroso.
Por primera vez, la Iglesia decidió explícitamente criminalizar el acoso a menores para su participación en pornografía, así como la adquisición y distribución de videos o contenido de este tipo. Las sanciones: el código establece ahora que los sacerdotes que abusen de menores u otras personas vulnerables serán castigados con "privación del cargo" y, potencialmente, con su destitución.
La versión previa del derecho canónico solo decía que los abusos por parte de los sacerdotes ameritaban "penas justas", aunque también ya incluía la potencial separación del cargo. Los laicos que sean encontrados responsables de abusos, según la legislación aprobada, no serán expulsados, aunque enfrentarán penas "según la gravedad de la infracción".
Críticas y límites de la reforma
Si bien expertos eclesiales han destacado como un avance la nueva reforma, muchos también han puesto en dudas las vías en que se pondrá en práctica al considerar que va a chocar con lo que consideran es una cultura de secretismo y encubrimiento en la estructura católica. Los críticos consideran erróneo que la Iglesia continúe tratando de resolver sus casos de abuso y delitos financieros "internamente" sin acudir ante las autoridades civiles.
El propio sistema de investigación de los abusos de la Iglesia ha sido señalado de ser laxo y más favorable a considerar los testimonios de los presuntos agresores que el de las víctimas. En ese sentido, el nuevo código penal no deja claro en qué forma la Iglesia manejará la reparación de las víctimas, ya sean menores o adultos. Algunos críticos también han cuestionado que el nuevo texto elude hacer referencia a términos como "abuso sexual de menores", al que parece referirse con otros más vagos como "ofensas contra el sexto mandamiento", que prohíbe el adulterio.

Datos relevantes y contexto
Según los cálculos de este diario, en uno de cada diez casos conocidos hasta ahora se ha producido algún tipo de encubrimiento. La Iglesia católica se ha visto golpeada en años recientes por miles de denuncias de abusos sexuales por parte de sacerdotes y de encubrimiento por parte de la jeraquía eclesial. La renovación del código penal de la Iglesia tiene lugar tras numerosos escándalos financieros y de abusos sexuales que han estremecido la Santa Sede en las últimas décadas.