El Consejo Pastoral Diocesano es el organismo consultivo que, bajo la autoridad del Obispo diocesano, estudia, discierne y valora cuanto se refiere a las actividades pastorales de la diócesis sugiriendo al Obispo diocesano conclusiones prácticas sobre ellas, (CIC 511). Quedando firme su naturaleza consultiva, el Obispo diocesano deberá tener en la debida consideración el parecer de los miembros del Consejo, en cuanto colaboración responsable de la comunidad eclesial en su oficio apostólico.
Naturaleza, composición y duración del mandato
“El Consejo Pastoral Diocesano, presidido por el Obispo diocesano , se compone de fieles que están en plena comunión con la Iglesia católica, tanto clérigos y miembros de institutos de vida consagrada como sobre todo laicos, que se designan según el modo determinado por el obispo diocesano” de modo que quede reflejada la variedad y riqueza del pueblo de Dios que constituye la diócesis. Sus miembros deben estar en plena comunión con la Iglesia, ser sobre todo laicos, y elegidos de modo que a través de ellos quede verdaderamente reflejada la porción del pueblo de Dios que constituye la diócesis, además de por su fe segura, prudencia y buenas costumbres (CIC, c. 512).
Se constituye para un tiempo determinado y cesa al vacar la sede (CIC, c. 513). Los miembros cesan en sus cargos cuando vence el tiempo para el cual fueron designados; cuando caduca su representación por cualquier motivo; por renuncia o por remoción con causa justificada, por el Obispo diocesano. En caso de ausencias reiteradas de un miembro (ausencia en tres o más reuniones consecutivas) el Obispo diocesano podrá solicitar su sustitución por el miembro suplente elegido a tenor del Reglamento anexo a este Estatuto. Es preciso que, además del miembro titular, sea elegido un suplente, de modo que quede cubierta la representación de ese espacio pastoral ante los casos previstos en el artículo 7 del Estatuto.
Competencias y funciones
Como órgano de naturaleza consultiva le corresponde «estudiar y valorar lo que se refiere a las actividades pastorales en la diócesis y sugerir conclusiones prácticas sobre ellas» (Codex Iuris Canonici, c. 511). Además, de manera especial, realiza los trabajos necesarios y elabora los Proyectos del Plan Pastoral Diocesano, que más tarde son aprobados por el Consejo Episcopal. Guardar y archivar la documentación del Consejo.
Relación con el Obispo y otros organismos
Corresponde exclusivamente al Obispo diocesano convocar y presidir este Consejo, que se reunirá al menos dos veces por año (CIC 514). Corresponde también al Obispo diocesano establecer el orden del día de las reuniones del Consejo, proponiendo los temas a considerar. Al hacerlo, tendrá en cuenta los temas propuestos por los miembros del Consejo y por otros fieles u organismos pastorales de la diócesis. Corresponde únicamente al Obispo diocesano hacer público lo tratado en el Consejo, así como proponer sus conclusiones a la consideración del Consejo presbiteral y de otros organismos pastorales diocesanos.
Convocatoria y orden del día de la reunión constitutiva
Corresponde exclusivamente al Obispo diocesano convocar y presidir este Consejo, que se reunirá al menos dos veces por año (CIC 514). Las reuniones serán determinadas al comienzo del año. Corresponde también al Obispo diocesano establecer el orden del día de las reuniones del Consejo, proponiendo los temas a considerar.
En la primera reunión del año el Obispo diocesano designará de entre los miembros del Consejo quienes realizarán los servicios de coordinación y secretaría durante ese año. Al hacerlo, tendrá en cuenta los temas propuestos por los miembros del Consejo y por otros fieles u organismos pastorales de la diócesis.

Desarrollo típico de la reunión constitutiva
Tras la acogida y la oración inicial, el arzobispo saludó y agradeció el compromiso de los nuevos miembros. Acto seguido, el vicario general leyó el decreto de constitución del Consejo y presentó a sus integrantes. A continuación, los miembros del Consejo se presentaron y el Sr. Obispo les entregó personalmente el nombramiento.
En la sesión se suelen realizar la lectura del decreto de constitución, la presentación de los integrantes y la exposición de los Estatutos. A continuación se realizan las presentaciones de los miembros, la elección de los cargos internos y la constitución de la Comisión Permanente o de la Secretaría. Posteriormente se procede a la elección del secretario y, si procede, a la votación de los miembros de la Comisión permanente.
Elección de cargos y Comisión Permanente
En la primera reunión del año el Obispo diocesano designará de entre los miembros del Consejo quienes realizarán los servicios de coordinación y secretaría durante ese año. Posteriormente, se votaron también los miembros de la Comisión permanente. Así, además del arzobispo, del vicario de pastoral y del secretario del Consejo que son miembros natos de esa Comisión, han sido elegidos en votación representantes de los clérigos, de la Vida Consagrada y de los laicos.
Agenda y prioridades pastorales
El sr. Obispo realizó una exposición sobre las prioridades pastorales, repasando cada uno de los apartados y explicando que cada parroquia, agrupación, arciprestazgo, grupo o movimiento puede escoger trabajar aquellas prioridades que le parezcan más adecuadas, según su realidad y sus posibilidades. No hace falta pretender trabajarlas todas, sino reforzar alguno de estos aspectos además del todo lo que ya se trabaja habitualmente.
Uno de los puntos centrales del orden del día suele ser la revisión del Plan Diocesano de Pastoral. Esta hoja de ruta, que guía la vida de nuestra diócesis, busca ser un testimonio vivo de alegría y coherencia en el anuncio del Evangelio. Además se empezó a trabajar en el proyecto para el próximo curso. Como corazón de la pastoral diocesana, el Consejo subrayó la importancia de la corresponsabilidad, donde laicos, consagrados y sacerdotes unen sus voces para orientar el rumbo de la comunidad.
Espacio de diálogo, propuestas y seguimiento
Durante la reunión constitutiva se hace especial hincapié en que este no es solo un proceso administrativo, sino un ejercicio de discernimiento espiritual. Se subrayó la necesidad de desarrollar una visión conjunta de la Diócesis de manera colaborativa, involucrando tanto al Consejo Diocesano de Pastoral como a otros organismos diocesanos. Este planteamiento dio lugar a un enriquecedor diálogo entre los asistentes.
El Consejo debe ser el lugar donde se concrete toda la programación diocesana, evaluando, revisando y transmitiendo nuestras acciones. Este debe ser el lugar donde se concrete toda la programación diocesana, evaluando, revisando y transmitiendo nuestras acciones. No somos islas, somos una Iglesia con una larga historia y un presente que nos identifica a todos y cada uno de nosotros.
Consejo Diocesano de Pastoral
Actos posteriores y convocatoria de asambleas
Finalmente, el vicario de Pastoral anunció e invitó a participar en la Asamblea Pastoral Diocesana de Representantes, que tendrá lugar en fecha determinada en un colegio diocesano. Este evento tiene como principal objetivo proporcionar un espacio de encuentro de las diferentes realidades diocesanas, con especial énfasis en la participación de los laicos que representan a los nuevos arciprestazgos. La sesión ha sido presidida por el arzobispo, que ha animado a los presentes a vivir este encargo “como una responsabilidad hacia a la Iglesia local, que debe motivarnos a amar más a la Iglesia, ser más consciente de nuestra misión eclesial y de ayudar al arzobispo”.
Ejemplos prácticos de constituciones recientes
El pasado 1 de febrero de 2024, el Arzobispo de Santiago decretó la renovación de los miembros del Consejo Diocesano de Pastoral convocando a los sacerdotes y agentes de pastoral de la Archidiócesis a realizar el proceso electoral de sus representantes. El proceso de designación de los nuevos miembros se llevó a cabo entre el 1 de febrero y el 1 de abril de 2024. El sábado 19 de octubre, el renovado Consejo Diocesano de Pastoral celebró su primera reunión constitutiva en la Sala Palatina del Monasterio de San Martín Pinario.
En otra diócesis, en la mañana de hoy, el Obispo de Córdoba se ha reunido con todos los miembros que constituirán el Consejo Diocesano de Pastoral de la Diócesis. Según ha afirmado el Obispo, el Consejo Diocesano de Pastoral es como la "caja de resonancia de toda la Diócesis" y viene a "reforzar la comunión eclesial". Tras la presentación de sus integrantes y la lectura de los estatutos, se ha hecho una revisión del Plan Diocesano de Pastoral.
Documentación y archivo
Guardar y archivar la documentación del Consejo. Corresponde únicamente al Obispo diocesano hacer público lo tratado en el Consejo, así como proponer sus conclusiones a la consideración del Consejo presbiteral y de otros organismos pastorales diocesanos.
Reuniones periódicas y frecuencia
Corresponde exclusivamente al Obispo diocesano convocar y presidir este Consejo, que se reunirá al menos dos veces por año (CIC 514). Las reuniones serán determinadas al comienzo del año.
Lista de comprobación para organizar la reunión constitutiva
- Convocatoria formal del Obispo diocesano.
- Envío del decreto de constitución y estatutos a los convocados.
- Acogida y oración inicial presidida por el Obispo.
- Lectura del decreto de constitución y presentación de los miembros.
- Designación o elección de secretario y coordinadores para el año.
- Elección de la Comisión Permanente según el procedimiento acordado.
- Revisión del Plan Diocesano de Pastoral y prioridades.
- Registro, archivo y publicación de acuerdos por el Obispo.
Composición tipo (ejemplos extraídos de constituciones recientes)
- Miembros por razón del cargo: Vicario general, provicario general, vicarios episcopales para la pastoral funcional y para las vocaciones, cancillería.
- Miembros por elección: Presbíteros, diáconos permanentes, religiosos y laicos representantes de arciprestazgos y movimientos.
- Miembros por designación del Obispo: personas concretas nombradas para representar sectores particulares.