Cómo seleccionar miembros para una hermandad: criterios, procesos y buenas prácticas

Seleccionar miembros para una hermandad implica combinar normas estatutarias, criterios humanos y procedimientos claros que garanticen la idoneidad, la participación y la continuidad de la cofradía. A continuación se recogen procedimientos formales, requisitos prácticos y criterios de organización basados en normas internas y experiencias de hermandades y grupos afines.

Requisitos formales y censo electoral

Cuatro meses antes de concluir el periodo de mandato de la Junta de Gobierno, el censo electoral deberá haber sido aprobado por la Delegación Diocesana de HH y CC. En el censo electoral deberá constar el nombre y apellidos de los hermanos electores, fecha de nacimiento y fecha de alta en la hermandad. En dicho censo electoral se incluirán los hermanos que cumplan los requisitos establecidos.

Primero. - Queda expuesto a disposición de todos los hermanos desde el próximo 9 de mayo, y durante un plazo máximo de 30 días, en horario habitual de atención al público, el censo de votantes/electores en la secretaría de la hermandad. Las posibles irregularidades que este listado pudiera contener podrán ser impugnadas por los interesados a través de escrito que deberá ser resuelto y comunicado a la mayor brevedad posible.

Presentación y comprobación de candidaturas

Cuarto. - Una vez finalizada la exposición del censo, la Mesa electoral abrirá un plazo de 15 días para la presentación de candidaturas. En el momento de la presentación, el secretario deberá comprobar que el candidato, así como el resto de miembros de la Junta de Gobierno, reúnen las condiciones exigidas por los Estatutos para poder optar al cargo.

Realizada la comprobación en sentido positivo se sellará, firmará y fechará, y se hará exposición pública de la candidatura. Estas candidaturas no tendrán el carácter de oficial hasta que la Mesa electoral las proclame, contando con la firma del Consiliario de la Hermandad.

Acabados los plazos y una vez que los documentos estén en la Delegación Diocesana de HH y CC, ésta los transmitirá al Ordinario del Lugar, quien a su vez, solicitará necesariamente un informe del director espiritual sobre la idoneidad de cada candidato, que le será enviado en sobre cerrado, quedando a salvo la posibilidad de pedir otros informes al párroco de la Sede Canónica de la hermandad, a aquel del domicilio o cuasi domicilio del candidato, y a otras personas de buena fama y probada prudencia.

El Ordinario del Lugar dará o negará su beneplácito a los candidatos a la luz de los informes recibidos, comunicándolo a la Delegación Diocesana de HH y CC. Si nada obsta al procedimiento seguido, dicha Delegación transmitirá el Visto Bueno al anexo de rectificaciones y a las candidaturas presentadas. En caso de que algunos de los candidatos no cumplan los requisitos establecidos se denegará su candidatura, quedando el derecho de recurso al Ordinario del Lugar.

Sistema de elección y garantías del proceso

El sistema de elección será mediante votación abierta. Llegada la hora, la mesa electoral estará abierta para las votaciones por el periodo que se establece en las normas diocesanas, durante el cual podrán ejercer su derecho a voto todos los hermanos que lo tuvieren, la mesa electoral llevará cuenta detallada del número de votantes que ejercen su derecho, y de todos los acontecimientos que tengan lugar.

Si en esta votación el número de votantes no alcanzase el 25% del censo electoral, la votación será nula y se realizará una nueva convocatoria dentro del plazo de quince días. En caso de nulidad de la votación se cursará una segunda convocatoria, transcurridos al menos quince días, en la que bastará la mayoría relativa de los votos emitidos, incluidos los nulos y los depositados en blanco, para la validez de la elección.

Finalizada la votación, la Presidencia de la mesa electoral, conjuntamente con los dos escrutadores, realizará el escrutinio público de todos los votos emitidos, incluidos los nulos y los recibidos por carta. La Mesa electoral velará en todo momento porque en el proceso electoral se cumpla en lo dispuesto en estos Estatutos, debiendo reunirse cuando sea requerida para ello por cualquiera de sus miembros o por cualquier hermano elector, debiendo resolver motivadamente cualquier queja o reclamación que se le presente.

Voto a distancia y condiciones de validez

Los hermanos con derecho a voto que por enfermedad se viesen imposibilitados a asistir al Cabildo General Extraordinario de Elecciones podrán ejercitar su derecho al voto por carta, no así los ausentes por otros motivos. Los hermanos con derecho a voto que vivan fuera de la provincia eclesiástica peninsular a la que pertenece nuestra diócesis podrán ejercitar su derecho a voto por carta.

Es válido el voto por correo personal y acreditado con fotocopia adjunta del documento nacional de identidad, que deberá emitirse y ser recibido a lo largo de los 10 días previos a la fecha fijada para las elecciones. El voto emitido por correo que por cualquier circunstancia no reúna las condiciones establecidas, así como el voto personal que lleve dos o más papeletas dentro del sobre, o cuya papeleta lleve enmiendas o tachaduras, serán considerados nulos.

Duración de cargos, reelección y toma de posesión

El hermano mayor y los demás miembros de la Junta de Gobierno podrán, inicialmente, ser reelegidos para dos mandatos consecutivos en el mismo cargo. A diferencia con los miembros de una Junta de Gobierno, el Hermano/a Mayor sí podrá ser elegido por un periodo de cuatro años y ser reelegido otros cuatro años más de forma consecutiva.

Una vez que haya tenido lugar la Toma de Posesión de la nueva Junta de Gobierno, el nuevo secretario de la hermandad y cofradía comunicará a la Delegación Diocesana de HH y CC la composición de la nueva Junta de Gobierno para su publicación en el Boletín Oficial Diocesano.

Vacantes, nombramientos transitorios y ceses

En caso de que quede vacante el cargo de hermano mayor, ocupará su puesto el teniente hermano mayor de forma interina por el plazo de cuatro meses, debiendo, en dicho periodo, convocar Cabildo General Extraordinario de Elecciones, de acuerdo con los propios Estatutos.

En los casos de ceses, ausencias, u otras circunstancias suficientemente comprobadas, de algunos de los miembros de la Junta de Gobierno, el hermano mayor, oído el parecer de la Junta de Gobierno, nombrará a la persona que, reuniendo las condiciones exigidas y que fue aprobada como candidato, pueda ocupar la vacante producida. Por renuncia presentada por escrito al hermano mayor o a la Junta de Gobierno. Por ser cesado por el hermano mayor, por haber perdido su confianza por causa justificada, con conocimiento de la Junta de Gobierno, cabiendo recurso ante la Autoridad Eclesiástica competente.

Criterios de idoneidad más allá del requisito formal

Es una de las preguntas más repetidas, porque no todo el mundo reúne las cualidades mínimas necesarias para dirigir una hermandad, aunque cumpla los requisitos formales que determinen, en su caso, las Reglas. Supone un honor para un cofrade llegar al más alto cargo en una Cofradía y el nombramiento de un Hermano/a Mayor surge por cumplir las normas establecidas en el Estatuto de la Cofradías.

Cada hermandad necesita de un Hermano/a Mayor con unas características determinadas, según el momento en el que se encuentre. Entre ellas, resulta fundamental que la persona tenga conocimientos básicos de organización, de trabajo en equipo, control presupuestario y planificación estratégica, así como una visión de futuro innovadora. Cabe destacar además la ejemplariedad, responsabilidad y la humildad para asumir el cargo.

Participación, actividad y retención de miembros

En mi opinión, evidentemente debe ser el que tome la iniciativa o delegue en quién confíe para hacerlo, porque fundar y gestionar una Hermandad da una responsabilidad sobre ella. Nosotras tratamos de admitir a jugadoras que demuestren ganas de jugar a menudo e interés por ayudar a las demás y participar, independientemente de su puntuación, porque si una tiene ganas de jugar, aunque sea muy pequeña, ya subirá.

Al principio aceptábamos a cualquiera que pidiera el ingreso, independientemente de los puntos que tuviera, pero la experiencia nos ha enseñado que los que son muy pequeñitos y acaban de empezar, no siempre continúan y muchas veces nos han dejado colgados al cabo de un mes o menos, así que ahora sólo aceptamos a gente con un cierto grado de crecimiento y que sí que tiene intención (en principio) de continuar.

Cuando alguien no va a poder estar puntualmente o por un tiempo, tenemos un mp en el que se comunican esas incidencias y si alguien desaparece durante más tiempo del previsto sin comunicarlo, recibe un mp preguntándole por cómo le va la vida y con eso es suficiente. Si después de un tiempo prudencial sigue sin haber respuesta, y tenemos a alguien en puertas de entrar, lo consulto con mi embajadora y mano derecha y aviso a esa persona de que saldrá de la Hermandad si no da señales de vida para dejar paso a alguien con más ganas y tiempo.

Normas de convivencia, control y transparencia

El hermano mayor dirigirá y moderará las intervenciones y concederá la palabra a quien la solicite, por el orden que le corresponda. Si la petición procede de los hermanos, deberá hacerse por escrito en solicitud dirigida al hermano mayor, haciendo constar el asunto o asuntos a tratar, y dichos asuntos no pueden ser demorados hasta el siguiente Cabildo General Ordinario.

Para la validez de la votación, será necesaria la mayoría absoluta, y en segunda votación, la relativa. Si no resultase la mayoría absoluta, se procederá a una segunda votación, resolviendo la mayoría relativa. Estas reglas garantizan procesos democráticos y evitan arbitrariedades.

Funciones de la Junta de Gobierno y comisiones

La Junta de Gobierno podrá nombrar miembros auxiliares o comisiones de hermanos coordinadas por algún miembro de la Junta de Gobierno, que colaborarán responsablemente en las tareas de la hermandad, en funciones concretas y transitorias.

Administrar a tenor del derecho eclesial las limosnas y donativos especiales que reciba la hermandad y cofradía, y sean aceptados por ella, velando para que se cumpla la voluntad de los donantes. Distinguir, a propuesta del Cabildo de Oficiales y previa consulta al director espiritual, con el nombramiento de Hermano Honorario de la misma a las personas y/o instituciones que hayan servido ejemplar y relevantemente a la hermandad. Estos hermanos honorarios no tendrán derecho a voto ni voz en los Cabildos Generales ni Extraordinarios.

Prácticas recomendadas para la selección y mantenimiento de miembros

  • Asegurar la transparencia del censo y abrir periodo para rectificaciones y reclamaciones.
  • Comprobar documentalmente la idoneidad de candidatos y solicitar informes del director espiritual y otras referencias.
  • Facilitar el voto por carta en casos justificados (enfermedad, residencia lejana) con requisitos claros para su validez.
  • Fomentar la participación activa mediante comunicación constante, seguimiento de inactividad y mecanismos de reincorporación.
  • Establecer criterios de admisión prácticos (actividad, compromiso y afinidad con la devoción) además de los formales.
  • Constituir comisiones y miembros auxiliares para distribuir responsabilidades y formar a futuros dirigentes.
Diagrama del proceso electoral en una hermandad (censo, presentación de candidaturas, informes, votación, escrutinio)

Ejemplo resumido del calendario electoral (modelo)

  1. Exposición del censo: 30 días para revisión e impugnaciones.
  2. Plazo para presentación de candidaturas: 15 días tras cierre del censo.
  3. Remisión de documentación a Delegación Diocesana y solicitud de informes (director espiritual).
  4. Visto Bueno de la Delegación y cédula personal: convocatoria 15 días antes del Cabildo de Elecciones.
  5. Jornada de votación: escrutinio público y resolución de posibles impugnaciones.
  6. Si no se alcanza el quórum: nueva convocatoria a los 15 días (mayoría relativa suficiente).

Factores humanos y culturales en la elección

Además de las normas, las decisiones suelen estar influidas por la historia y cultura de la hermandad y por la devoción de sus miembros. Es importante valorar la trayectoria, la coherencia vital, la ejemplaridad y la capacidad de diálogo del candidato. Celebrar elecciones en el momento preciso, recibir el visto bueno del capellán o consiliario y la debida autorización, así como la aprobación del Obispado, es esencial.

Si se da el caso de que sea más de un candidato quien ostente al cargo de Hermano Mayor, en caso de haber empate en el resultado de la votación, será Hermano/a Mayor aquel que tenga una mayor antigüedad ininterrumpida en la Hermandad.

Como preparar una campaña electoral para ganar elecciones

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